¿Podría Estados Unidos cortar el comercio con España? Esto es lo que dice el derecho internacional

ANASTACIO ALEGRIA
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La amenaza de Donald Trump de “cortar todo comercio con España” provocó respuestas inmediatas y contundentes tanto de los políticos como de los medios de comunicación. Pero además de acaparar los titulares, la amenaza plantea una pregunta importante en términos de derecho y comercio internacional: ¿puede Estados Unidos realmente suspender las relaciones comerciales con un país como España?

Respuesta: es complejo, porque España no comercia sola.

Lo primero que se pasa por alto aquí es la estructura legal que sustenta el comercio internacional en Europa. Estados Unidos no comercia con España como país individual, sino con la UE, una unión aduanera con una política comercial común. Desde la creación del mercado único en 1993, las decisiones sobre aranceles, acuerdos comerciales y medidas de protección comercial de los Estados miembros han sido competencia exclusiva de la UE.

Esto significa que las relaciones comerciales exteriores se gestionan a nivel europeo, no a nivel nacional.

De hecho, cuando los Estados miembros de la UE comercian entre sí, ni siquiera se lo denomina legalmente “exportación”. Si, por ejemplo, una empresa española vende bienes a Francia, se trata de una “entrega intracomunitaria”. En las estadísticas comerciales, estas operaciones se registran como envíos desde el país de origen y llegadas al país de destino.

Esto ilustra cuán profundamente integrada está la política comercial de la Unión Europea. Cuando se trata de comercio fuera de la UE, la UE funciona en muchos sentidos como una única entidad económica y jurídica.

Este no es el caso en todos los ámbitos. En defensa, por ejemplo, los estados miembros de la UE operan dentro de la cooperación o alianzas internacionales como la OTAN. Sin embargo, en términos de comercio exterior, la UE es efectivamente un bloque.

Todo esto significa que en la práctica cualquier medida comercial importante dirigida contra un miembro de la UE afectará inevitablemente a todo el mercado europeo.

Barreras al aislamiento de los miembros de la UE

La estructura jurídica de la UE se ve complicada por la realidad económica: la mayor parte de la economía europea es en realidad una red de producción integrada. Muchas exportaciones europeas incluyen componentes fabricados en diferentes países.

Esto significa que un coche ensamblado en Alemania puede incluir piezas fabricadas en España o Italia. Un producto agrícola español podrá ser transformado o distribuido en otro país de la UE antes de ser exportado.

Este fenómeno –conocido como cadenas de valor globales– define gran parte del comercio internacional moderno. Esto es particularmente evidente en la economía de la UE, donde el comercio entre los estados miembros es una parte esencial de las redes de producción.

Esta interdependencia entre economías desarrolladas y profundamente integradas significa que sería extremadamente difícil aislar comercialmente a un Estado miembro del mercado único europeo más amplio y de su red económica (mucho más complicado de lo que sugieren los discursos y titulares recientes).

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El comercio internacional todavía tiene reglas

En los últimos años, los sistemas de comercio internacional han estado bajo gran presión. Las guerras comerciales, las sanciones económicas y una serie de medidas unilaterales han llevado a algunos expertos a cuestionar hasta qué punto las normas multilaterales siguen siendo importantes en el escenario mundial.

Sin embargo, el comercio internacional todavía está respaldado por un conjunto de reglas, especialmente las desarrolladas por la Organización Mundial del Comercio. Sus principios básicos incluyen la no discriminación entre socios comerciales y la no imposición de restricciones arbitrarias al comercio.

Una suspensión total de las relaciones comerciales con un socio comercial cuestionaría aún más las normas y leyes que rigen el comercio internacional.

La respuesta de la UE será decisiva

Las cuestiones clave aquí no son sólo cuestiones de derecho y economía, sino también de instituciones y políticas europeas.

Incluso si Estados Unidos decidiera aplicar una presión comercial específica (aranceles severos, restricciones a ciertos productos, etc.), la reacción de la UE seguiría siendo el factor decisivo.

Si Bruselas decide que las medidas estadounidenses dirigidas a España afectan al funcionamiento del mercado interior, podría tratarlas como el comienzo de un conflicto comercial entre EE.UU. y la UE en su conjunto. Si eso sucediera, el problema dejaría de ser un asunto bilateral y se convertiría en una disputa comercial transatlántica mucho más amplia.

Pero la alternativa –permitir que la disputa se resuelva únicamente entre Washington y Madrid– tendría consecuencias mucho más profundas. Esto significaría que un Estado miembro sería tratado como si no perteneciera a la UE en un área que está explícitamente cubierta por los tratados de la UE.

No hay precedentes claros para algo así y afectaría directamente a la unidad del mercado interior. Por esta razón, la Comisión Europea ha afirmado repetidamente que las medidas comerciales dirigidas a un miembro de la UE deben resolverse a nivel de toda la UE.

Cuán sostenible sería cualquier medida estadounidense depende de un factor fundamental: la capacidad de la UE para actuar como una unidad de política comercial.

Más allá de los conflictos bilaterales

En general, la amenaza de Trump de congelar el comercio con España va más allá de la disputa entre ambos países. Sin duda, una medida así afectaría al mercado único europeo y, por tanto, a la UE en su conjunto y a los sistemas comerciales del continente.

La verdadera pregunta, entonces, no es si Estados Unidos podría intentar introducir tal medida, sino si la UE respondería actuando como un bloque comercial único, como lo prevén sus propios tratados cuando trata con terceros países.


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